La Fundación Longenia alerta sobre la brecha entre la legislación (Decreto 125/2007) y la práctica clínica, tras la denuncia de los padres de Alice Sabadac, a quienes, según informa EL ESPAÑOL, se les negó el acceso a un diagnóstico complementario en un momento crítico.

Según noticia publicada el 21 de octubre de 2025 por el periódico digital independiente EL ESPAÑOL, la historia de Alice María Sabadac, de 12 años, oriunda de Alcarràs (Lérida) y gimnasta rítmica , ha puesto de relieve un fallo crítico en la aplicación de los derechos del paciente en España. Alice, quien padecía una severa alergia a la proteína de la leche de vaca, sufrió un shock anafiláctico con paro respiratorio el 10 de octubre. Tras ser reanimada y trasladada al Hospital Sant Joan de Déu de Barcelona, se le diagnosticó muerte cerebral.
La tragedia alcanzó su punto álgido el lunes 13 de octubre, un día antes del fallecimiento de la menor. Los padres, George y Adina Sabadac, al no estar de acuerdo con la inminente desconexión del soporte vital, solicitaron ejercer su derecho fundamental a una segunda opinión médica.
El padre de Alice, George, denunció que esta solicitud fue rechazada. “Nos negaron un derecho básico y fundamental de cualquier paciente, tener acceso a un segundo diagnóstico,” afirmó George Sabadac.
El Derecho Ignorado: Ineficacia del Decreto 125/2007 en Crisis
El derecho a una segunda opinión médica está sólidamente establecido en la legislación española. Específicamente, en Cataluña, el Decreto 125/2007 del Servicio Catalán de Salud garantiza el acceso a un diagnóstico complementario o alternativo en patologías de “importante trascendencia”.
La Fundación Longenia subraya que el diagnóstico de muerte cerebral, que conduce a la retirada del soporte vital, es la patología de máxima trascendencia posible. La denegación de este derecho en momentos tan críticos como en el caso de Alice, según la información difundida por EL ESPAÑOL, evidenciaría que la existencia del marco legal no garantiza su aplicación ágil y efectiva en un entorno de UCI. De la noticia de EL ESPAÑOL deriva que, el tiempo de respuesta administrativo consumió el tiempo clínico disponible para Alice.
Cuestionamiento del Protocolo de Diagnóstico Irreversible
La solicitud de un segundo diagnóstico no fue arbitraria. Los padres, supuestamente, basaron su petición en una profunda controversia respecto al rigor del diagnóstico inicial. Según informa EL ESPAÑOL, el padre denunció que la niña fue sedada con fentanilo en el Hospital Arnau de Vilanova. De acuerdo con su conocimiento del protocolo de muerte encefálica en pediatría (SECIP), se debe esperar un mínimo de 21 horas para que los efectos de este opioide, que altera la función cerebral, desaparezcan antes de realizar las pruebas definitivas.
Según EL ESPAÑOL, en la denuncia se manifestó que, las pruebas de flujo sanguíneo cerebral (TAC y ecografías Doppler) se realizaron sin respetar este periodo, comprometiendo potencialmente la validez del diagnóstico. Además, George Sabadac afirmó que su hija no presentaba un encefalograma plano, sino valores oscilantes (15 a 82), y que reaccionaba a estímulos como audios de sus amigas, lo que, según su perspectiva, demostraba actividad cognitiva. La Fundación Longenia defiende el derecho de todo paciente a un diagnóstico que cumpla rigurosamente con todos los estándares protocolarios, especialmente cuando implica una decisión irreversible.
La Lucha Contra el Reloj y la Desconexión
Ante la negativa a conceder el traslado y la segunda opinión, según EL ESPAÑOL, el padre acudió a los juzgados de guardia en Barcelona para interponer una denuncia el lunes 13 de octubre, un esfuerzo desesperado por “ganar tiempo” para su hija.
El padre también denuncia que durante el periodo comprendido entre el domingo 12 y el martes 14 de octubre, se retiró la medicación de soporte vital y el sensor de actividad cerebral. La menor falleció finalmente el martes 14 de octubre a las tres de la tarde a causa de un paro cardíaco.

Acciones Legales y la Necesidad de Auditoría
Actualmente, el caso se encuentra en manos judiciales. Según informa EL ESPAÑOL, el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Esplugues de Llobregat ha solicitado un informe forense completo sobre las circunstancias de la muerte. Por su parte, y también según EL ESPAÑOL, la Consellería de Salut ha manifestado que no comenta casos particulares y que no tiene constancia de una reclamación registrada a través de sus canales oficiales.
La Fundación Longenia considera que esta supuesta respuesta subraya la urgencia de educar a los ciudadanos sobre los canales duales de reclamación (judicial y administrativo) y la necesidad de una auditoría inmediata sobre cómo se aplica el Decreto 125/2007 en entornos de UCI de alto pronóstico y la verificación de los protocolos post-opioides.
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